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¿Cómo constituir un Condominio?

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¿Cómo constituir un condominio?, ¿a dónde acudir para hacerlo?, ¿cuáles son los pasos posteriores a la constitución? Todas estas son las preguntas más frecuentes que se hacen los propietarios de un inmueble pero aquí las responderemos.

¿Qué es la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio?

En primer lugar, un condominio es una comunidad que se encuentra establecida dentro del Código Civil Federal en donde se comparte edificio con otros propietarios o arrendatarios y, al mismo tiempo, se obtienen derechos y obligaciones. Es la mejor manera de garantizar una sana convivencia vecinal, seguridad y mantenimiento del inmueble y sus bienes y servicios.

La constitución del Régimen de Propiedad en Condominio es el acto jurídico que un propietario o propietarios llevan a cabo ante Notario Público para establecer esta modalidad en su inmueble.

¿Cómo constituir el régimen?

Se tiene que acudir ante Notario Público con los siguientes documentos:

  1. Título de propiedad, el cual debe estar inscrito en el Registro Público de la Propiedad.
  2. Boletas de predial y de agua de cinco años a la fecha.
  3. Licencia de construcción y/o regularizaciones de construcciones.
  4. Reglamento interno del condominio.
  5. Constancia de alineamiento y número oficial.
  6. Descripción de cada Unidad Privativa, así como la superficie, medidas y linderos, y la memoria técnica.
  7. 1 juego de planos autorizados y 3 copias en reducción.
  8. Copia del CURP o RFC del propietario o propietarios.
  9. La suma de $5,000 (cinco mil pesos mexicanos)

Una vez que se otorgue la escritura constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, tanto el notario como el mismo propietario pueden llevarla a inscribir ante el Registro Público de la Propiedad.

¿Cómo dar aviso a la Procuraduría Social de que un inmueble fue constituido bajo este régimen?

El notario o el propietario deberán enviar una copia certificada de la escritura constitutiva de Propiedad en Condominio a la PROSOC y el Reglamento Interno. De esta manera, el inmueble en cuestión quedará registrado bajo este régimen.

Ya que se tiene el registro lo siguiente que se debe hacer es acudir a la Oficina Desconcentrada de la Procuraduría Social que corresponda de acuerdo a su domicilio, allí se le proporcionará orientación y otros servicios para realizar los pasos siguientes como lo pueden ser:

  • El registro del Administrador del Condominio
  • Asesoría en Asambleas Generales de Condóminos.
  • Autorización de Libro de Actas de Asambleas.
  • Orientación Ciudadana
  • Acreditación de Convocatoria de Asamblea General de Condóminos Ordinaria y Extraordinaria.

Ahora ya estás listo para registrar tu inmueble en el régimen de Propiedad en Condominio, el cual traerá una infinidad de beneficios a tu comunidad, como una mejor administración, mayor seguridad y, sobretodo, bienestar. 

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Autor

Equipo de ComunidadFeliz
Software de Administración de Edificios y Condominios
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