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Condominios en el Estado de México ya no podrán prohibir la tenencia de mascotas

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El Congreso del Estado de México aprobó un cambio en la ley de Régimen de Propiedad en Condominio para garantizar la tenencia de mascotas en las comunidades, práctica que antes podía ser prohibida.

Ahora los condominios del estado ya no podrán prohibir la presencia de mascotas en las unidades habitacionales, pero podrán regular la tenencia en la comunidad.

¿Qué decía la ley hoy sobre tenencia de mascotas?

El artículo 20 de la ley que regula el Régimen de Propiedad en Condominio en el Estado de México enumera una serie de prohibiciones a los condominios y menciona las mascotas en su inciso V:

Tener animales, no importando especie y tamaño de los mismos, salvo aquellos casos que sean expresamente permitidos por el Reglamento Interior del Condominio o acordado por la asamblea

Es decir, la tenencia de mascotas no estaba completamente prohibida, ya que podía estar permitida por el reglamento o por la asamblea de dicho condominio.

¿Cómo será la ley después del cambio?

Si antes era necesario obtener la aprobación de la asamblea o tener una disposición en el reglamento que permitiera la tenencia de mascotas, ahora los condominios no pueden prohibirla. 

Lo que pueden hacer es establecer reglas para la tenencia responsable. Exigir que los animales usen un arnés mientras estén en los ascensores, por ejemplo.

¿El cambio de regla ya es válido?

Aún no. Para ser válido, el cambio aún necesita la aprobación de la gobernadora Delfina Gómez y la publicación en la Gaceta de Gobierno.

Descarga aquí: Guía de gestión de las políticas de mascotas en el condominio

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Autor

Marcell Marchioro
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