Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal

¿Vives o administras un condominio en la Ciudad de México? Debes conocer las reglas de administración y convivencia en comunidades. 

En la Ciudad de México está vigente la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal. La ley incluye 8 títulos y 89 artículos que abordan, entre otras normas, lo siguiente:

• Régimen de propiedad en condominio 

Es un régimen jurídico que permite que varias personas sean copropietarias de un inmueble, cada una de una unidad privativa, compartiendo áreas comunes. Está regulado por el Código Civil del Distrito Federal y esta ley específica.

• Definición de condominio

Se entiende por condominio un inmueble cuya propiedad pertenece proindiviso a varias personas, cumpliendo con las condiciones y características establecidas en el Código Civil para el Distrito Federal.

• Áreas comunes y privadas

Áreas comunes: Son aquellas que pertenecen en forma proindiviso a los condóminos y su uso está regulado por esta ley, su reglamento, la escritura constitutiva y el reglamento interno.

Áreas privadas: Son las unidades de propiedad privativa de cada condómino, de uso exclusivo y no compartido.

Asambleas

La Asamblea General es el órgano máximo del condominio, donde se expresan, discuten y resuelven asuntos de interés propio y común, celebrada conforme a la ley, su reglamento, la escritura constitutiva y el reglamento interno.

Administradores

Son personas físicas o morales designadas por la Asamblea General para la administración del condominio. Pueden ser administradores profesionales, con conocimientos en la materia, o condóminos que asumen temporalmente el cargo.

• Comité de vigilancia

Es un órgano de control integrado por condóminos electos en la Asamblea General, encargado de vigilar, evaluar y dictaminar el desempeño del administrador y la ejecución de los acuerdos tomados en la asamblea.

• Reglamento interno

Es el conjunto de disposiciones que, complementando la ley y la escritura constitutiva, establecen las normas de convivencia y uso de las áreas comunes, adaptadas a las características específicas del condominio.

• Cuotas de mantenimiento

Son aportaciones económicas obligatorias de los condóminos para cubrir los gastos comunes del condominio, como mantenimiento, servicios y reparaciones de las áreas comunes. El incumplimiento puede derivar en sanciones.

• El rol de la PROSOC

La Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC) tiene la función de proporcionar orientación y capacitación a los condóminos, poseedores, administradores y comités, promoviendo una cultura condominal y resolviendo controversias mediante conciliación o arbitraje.

• Condominios de interés social

Son aquellos destinados a proporcionar vivienda a sectores de la población con ingresos bajos o medios, regulados por disposiciones específicas que buscan garantizar su accesibilidad y funcionamiento adecuado.

• Sanciones

Las sanciones son medidas punitivas impuestas a los condóminos o poseedores que violen la ley, el reglamento, la escritura constitutiva o el reglamento interno. Pueden incluir multas o medidas de apremio, y son aplicadas por la Asamblea General o la PROSOC.

Aquí te facilitamos el archivo, disponible en el portal de la Conserjería Jurídica y de Servicios Legales del gobierno de la Ciudad.

¡Completa el formulario al lado para descargar la ley!

Únete a la lista de espera

¡Inscríbete para recibir el estudio cuando esté listo!

26/8/25

Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal

Descárgalo GRATIS

¡Al llenar este formulario se te enviará el ebook a tu correo!

¿Qué encontrarás?

¿Vives o administras un condominio en la Ciudad de México? Debes conocer las reglas de administración y convivencia en comunidades. 

En la Ciudad de México está vigente la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal. La ley incluye 8 títulos y 89 artículos que abordan, entre otras normas, lo siguiente:

• Régimen de propiedad en condominio 

Es un régimen jurídico que permite que varias personas sean copropietarias de un inmueble, cada una de una unidad privativa, compartiendo áreas comunes. Está regulado por el Código Civil del Distrito Federal y esta ley específica.

• Definición de condominio

Se entiende por condominio un inmueble cuya propiedad pertenece proindiviso a varias personas, cumpliendo con las condiciones y características establecidas en el Código Civil para el Distrito Federal.

• Áreas comunes y privadas

Áreas comunes: Son aquellas que pertenecen en forma proindiviso a los condóminos y su uso está regulado por esta ley, su reglamento, la escritura constitutiva y el reglamento interno.

Áreas privadas: Son las unidades de propiedad privativa de cada condómino, de uso exclusivo y no compartido.

Asambleas

La Asamblea General es el órgano máximo del condominio, donde se expresan, discuten y resuelven asuntos de interés propio y común, celebrada conforme a la ley, su reglamento, la escritura constitutiva y el reglamento interno.

Administradores

Son personas físicas o morales designadas por la Asamblea General para la administración del condominio. Pueden ser administradores profesionales, con conocimientos en la materia, o condóminos que asumen temporalmente el cargo.

• Comité de vigilancia

Es un órgano de control integrado por condóminos electos en la Asamblea General, encargado de vigilar, evaluar y dictaminar el desempeño del administrador y la ejecución de los acuerdos tomados en la asamblea.

• Reglamento interno

Es el conjunto de disposiciones que, complementando la ley y la escritura constitutiva, establecen las normas de convivencia y uso de las áreas comunes, adaptadas a las características específicas del condominio.

• Cuotas de mantenimiento

Son aportaciones económicas obligatorias de los condóminos para cubrir los gastos comunes del condominio, como mantenimiento, servicios y reparaciones de las áreas comunes. El incumplimiento puede derivar en sanciones.

• El rol de la PROSOC

La Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC) tiene la función de proporcionar orientación y capacitación a los condóminos, poseedores, administradores y comités, promoviendo una cultura condominal y resolviendo controversias mediante conciliación o arbitraje.

• Condominios de interés social

Son aquellos destinados a proporcionar vivienda a sectores de la población con ingresos bajos o medios, regulados por disposiciones específicas que buscan garantizar su accesibilidad y funcionamiento adecuado.

• Sanciones

Las sanciones son medidas punitivas impuestas a los condóminos o poseedores que violen la ley, el reglamento, la escritura constitutiva o el reglamento interno. Pueden incluir multas o medidas de apremio, y son aplicadas por la Asamblea General o la PROSOC.

Aquí te facilitamos el archivo, disponible en el portal de la Conserjería Jurídica y de Servicios Legales del gobierno de la Ciudad.

¡Completa el formulario al lado para descargar la ley!

Descárgalo GRATIS

¡Al llenar este formulario se te enviará el ebook a tu correo!